TIPS: Dietas y alojamientos para autónomos

La Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo consiguió lo que muchos autónomos venían demandando desde hacía ya años: equiparar sus condiciones respecto a gastos de manutención a las de un trabajador por cuenta ajena.

Según esta nueva ley, el colectivo de autónomos podrá deducirse los gastos relacionados con las dietas y el alojamiento, pero siguiendo una serie de condiciones bastante estrictas y de difícil interpretación ante una inspección de la Agencia Tributaria.

 

Importe deducible

Las cantidades que se pueden deducir varían dependiendo del tipo de gasto y de dónde se efectúe este. Las diferencias son las siguientes:

Dietas Alojamiento
En España: 26,67€/día
En el extranjero: 48,08€/día
En España: 53,34€/noche
En el extranjero: 91,35€/noche

 

Requisitos a cumplir

Existe toda una serie de condiciones que el autónomo debe tener para que el gasto pueda deducirse en sus modelos. Estas son:

  • Según el artículo 30 de la Ley 35/2006, siempre que se refiere a gastos por dietas y alojamientos se hace mención de autónomos en estimación directa, no en estimación objetiva (módulos).
  • Aunque pueda parecer  obvio, no puedes deducirte los gastos de dietas o alojamientos que hayan sido motivados por una causa ajena a tu actividad económica. Es decir, sólo se podrá tener en cuenta aquello que fuera verdaderamente para tu negocio.
  • La legislación dicta que los gastos deben realizarse en establecimientos de restauración y hostelería, por lo que algunos puestos ambulantes quedarían excluidos de esta categoría.
  • Siempre que salgas fuera a comer o que tengas que pasar la noche en un hotel, utiliza métodos electrónicos para realizar el pago: Tu tarjeta de crédito o débito, una transferencia bancaria e incluso el pago a través del móvil con la app de tu banco. No utilices, en ningún caso, el abono en metálico ya que entonces no podrás deducirte el gasto.
  • Siempre que sea posible, pide la factura y asegúrate de que tenga tus datos fiscales. En caso contrario, un ticket también sería válido (cuando tenga la identificación del establecimiento correspondiente) si has realizado el pago de forma electrónica como comentábamos en el punto anterior.
  • Aunque la medida beneficie enormemente a los autónomos que, por motivos de trabajo, deban asumir gastos de dietas y alojamiento, su insegura estabilidad jurídica hace que no sea del todo fiable. Según la actual redacción de la ley, es muy complicado poder justificar ante una inspección de la Agencia Tributaria el gasto, por lo que si se desea evitar problemas quizás no es del todo conveniente aplicar este tipo de deducciones y sería mejor seguir con las convencionales.

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