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	<title>pyme Archivos - Blau gestors</title>
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	<description>Gestores especializados en administración de fincas, autónomos, transportes y tráfico.</description>
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	<title>pyme Archivos - Blau gestors</title>
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		<title>¿Se puede compaginar el autónomo con un trabajo por cuenta ajena?</title>
		<link>https://www.blaugestors.es/se-puede-compaginar-autonomo-trabajo-cuenta-ajena/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Kevin]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 15 Nov 2019 17:25:58 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Autónomos]]></category>
		<category><![CDATA[autónomo]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La pluriactividad es la situación en la que el trabajador autónomo compagina su actividad como tal con un contrato laboral de trabajo por cuenta ajena o viceversa: cuando un trabajador decide darse de alta en el RETA (Regimen Especial de Trabajadores Autónomos) e iniciar una actividad por cuenta propia. En ambas situaciones nos encontramos con lo [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>La pluriactividad es la situación en la que el trabajador autónomo compagina su actividad como tal con un contrato laboral de trabajo por cuenta ajena o viceversa: cuando un trabajador decide darse de alta en el RETA (Regimen Especial de Trabajadores Autónomos) e iniciar una actividad por cuenta propia. En ambas situaciones nos encontramos con lo mismo: la persona en cuestión estará dada de alta en dos o más Regímenes distintos de Seguridad Social.</p>
<p><strong>Características y peculiaridades de la pluriactividad</strong></p>
<ul>
<li>Anulación de la obligación de cotizar por la Incapacidad Temporal: El trabajador autónomo que esté en situación de pluriactividad no estará obligado a cotizar un añadido para poder optar a la prestación por incapacidad temporal sino que la tendrá incluida sin necesidad de ello.</li>
<li>Cambio en las bonificaciones para aquellos autónomos que se den de alta en el RETA, pero que también tengan trabajo por cuenta ajena según las siguientes reglas:
<ul>
<li>Aquellos que ya tuvieran contrato laboral por cuenta ajena antes de iniciar su actividad como autónomos podrán escoger como base de cotización aquella que esté entre el 50 por ciento de la base mínima de cotización, los primeros dieciocho meses, y el 75 por ciento los dieciocho siguientes.</li>
<li>Aquellos cuyo contrato laboral fuera a jornada parcial podrán escoger el 75 por ciento de la base mínima de cotización a lo largo de los dieciocho primeros meses y el 85 por ciento los dieciocho siguientes.</li>
</ul>
</li>
<li>Integrar ambas cotizaciones: Todos los periodos de cotización, tanto los de cuenta propia como ajena, serán tenidos en cuenta por la Administración para la obtención de distintas prestaciones.</li>
<li>Sin compatibilidad de tarifa plana: La opción de la tarifa plana no está disponible para aquellos autónomos que inicien su actividad en una situación de pluriactividad.</li>
</ul>
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		<title>El autónomo &#8216;online&#8217; es el nuevo trending</title>
		<link>https://www.blaugestors.es/autonomo-online-nuevo-trending/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Kevin]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 13 Sep 2019 16:10:46 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Autónomos]]></category>
		<category><![CDATA[autónomo]]></category>
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		<category><![CDATA[gestor autonomo]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Los profesionales por cuenta propia que aún no han adaptado su negocio a la era digital empiezan a quedarse por debajo de aquellos que sí que abrazan las nuevas tecnologías. Según un estudio reciente, los autónomos que ya se han &#8216;digitalizado&#8217; consiguen una facturación anual que supera los 68.000 euros, además de contar con una [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Los profesionales por cuenta propia que aún no han adaptado su negocio a la era digital empiezan a quedarse por debajo de aquellos que sí que abrazan las nuevas tecnologías. Según un <a href="https://cincodias.elpais.com/cincodias/2019/09/12/autonomos/1568321499_684927.html">estudio reciente</a>, los <a href="http://dev.blaugestors.es/autonomos/">autónomos</a> que ya se han &#8216;digitalizado&#8217; consiguen una facturación anual que supera los 68.000 euros, además de contar con una clientela mucho más variada que el resto.</p>
<p><strong>El tipo de perfil</strong></p>
<p>El autónomo &#8216;online&#8217; suele ser un profesional del área del marketing o algún trabajo creativo como fotografía o diseño gráfico, entre otros.</p>
<p><strong>Aumento de salario</strong></p>
<p>Generalmente, el trimestre en el que cosechan todos sus frutos suele ser el último: Es en estos tres meses en los que consiguen alcanzar el 28% de su facturación total. Si bien tienen un final de año muy provechoso, el comienzo suele ser el punto flaco de este tipo de profesionales ya que sólo alcanzan el 20% de su facturación anual.</p>
<p>Con todo, la diferencia de salario que pueden percibir con respecto a un trabajador por cuenta ajena ronda los 32.000 euros brutos al año.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h2><strong>Hacerte autónomo</strong></h2>
<p>Si llevas tiempo pensando en darte de alta como autónomo, necesitas tener a tu lado a alguien que te aconseje y te acompañe durante el camino. Infórmate sin compromiso en tu <a href="http://dev.blaugestors.es/">gestor de confianz</a>a sobre los obligaciones tributarias y otros menesteres relacionados con tu futura actividad.</p>
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		<title>TIPS: Dietas y alojamientos para autónomos</title>
		<link>https://www.blaugestors.es/tips-dietas-y-alojamientos-para-autonomos/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Kevin]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 10 Sep 2019 11:47:53 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Autónomos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo consiguió lo que muchos autónomos venían demandando desde hacía ya años: equiparar sus condiciones respecto a gastos de manutención a las de un trabajador por cuenta ajena. Según esta nueva ley, el colectivo de autónomos podrá deducirse los gastos relacionados con las dietas [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>La Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo consiguió lo que muchos <a href="http://dev.blaugestors.es/autonomos/">autónomos</a> venían demandando desde hacía ya años: equiparar sus condiciones respecto a gastos de manutención a las de un trabajador por cuenta ajena.</p>
<p>Según esta nueva ley, el colectivo de autónomos podrá deducirse los gastos relacionados con las dietas y el alojamiento, pero siguiendo una serie de condiciones bastante estrictas y de difícil interpretación ante una inspección de la Agencia Tributaria.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h2><strong>Importe deducible</strong></h2>
<p>Las cantidades que se pueden deducir varían dependiendo del tipo de gasto y de dónde se efectúe este. Las diferencias son las siguientes:</p>
<div class="table-1">
<table width="100%">
<thead>
<tr>
<th align="left">Dietas</th>
<th align="left">Alojamiento</th>
</tr>
</thead>
<tbody>
<tr>
<td align="left">En España: 26,67€/día<br />
En el extranjero: 48,08€/día</td>
<td align="left">En España: 53,34€/noche<br />
En el extranjero: 91,35€/noche</td>
</tr>
</tbody>
</table>
</div>
<p>&nbsp;</p>
<h2><strong>Requisitos a cumplir</strong></h2>
<p>Existe toda una serie de condiciones que el autónomo debe tener para que el gasto pueda deducirse en sus modelos. Estas son:</p>
<ul>
<li>Según el <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-6820">artículo 30 de la Ley 35/2006</a>, siempre que se refiere a gastos por dietas y alojamientos se hace mención de autónomos en estimación directa, no en estimación objetiva (módulos).</li>
<li>Aunque pueda parecer  obvio, no puedes deducirte los gastos de dietas o alojamientos que hayan sido motivados por una causa ajena a tu actividad económica. Es decir, sólo se podrá tener en cuenta aquello que fuera verdaderamente para tu negocio.</li>
<li>La legislación dicta que los gastos deben realizarse en establecimientos de restauración y hostelería, por lo que algunos puestos ambulantes quedarían excluidos de esta categoría.</li>
<li>Siempre que salgas fuera a comer o que tengas que pasar la noche en un hotel, utiliza métodos electrónicos para realizar el pago: Tu tarjeta de crédito o débito, una transferencia bancaria e incluso el pago a través del móvil con la app de tu banco. No utilices, en ningún caso, el abono en metálico ya que entonces no podrás deducirte el gasto.</li>
<li>Siempre que sea posible, pide la factura y asegúrate de que tenga tus datos fiscales. En caso contrario, un ticket también sería válido (cuando tenga la identificación del establecimiento correspondiente) si has realizado el pago de forma electrónica como comentábamos en el punto anterior.</li>
<li>Aunque la medida beneficie enormemente a los autónomos que, por motivos de trabajo, deban asumir gastos de dietas y alojamiento, su insegura estabilidad jurídica hace que no sea del todo fiable. Según la actual redacción de la ley, es muy complicado poder justificar ante una inspección de la Agencia Tributaria el gasto, por lo que si se desea evitar problemas quizás no es del todo conveniente aplicar este tipo de deducciones y sería mejor seguir con las <a href="http://dev.blaugestors.es/todos-los-gastos-deducibles-autonomo-2018/">convencionales</a>.</li>
</ul>
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		<title>Principales novedades de 2018 para los autónomos y pymes</title>
		<link>https://www.blaugestors.es/principales-novedades-de-2018-para-los-autonomos-y-pymes/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Kevin]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 29 Dec 2017 16:45:50 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Autónomos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Las novedades más importantes de cara a cotización y tributación para autónomos y pymes en 2018. Fuente: LogicbusLa Ley de reformas urgentes del trabajo autónomo aprobada el pasado octubre conllevó una serie de cambios legislativos en relación a la cotización, derechos laborales, contratación, fiscalidad y otros muchos aspectos que entrarán en vigor a partir del [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><img fetchpriority="high" decoding="async" class="" src="http://logicbus.com.mx/imagenes/articulo/PyMe.jpg" width="1564" height="896" /></p>
<p>Las novedades más importantes de cara a cotización y tributación para autónomos y pymes en 2018. Fuente: LogicbusLa Ley de reformas urgentes del trabajo autónomo aprobada el pasado octubre conllevó una serie de cambios legislativos en relación a la cotización, derechos laborales, contratación, fiscalidad y otros muchos aspectos que entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2018.</p>
<p>Siendo así, pasamos a repasar las novedades más destacadas que derivan de dicha ley:</p>
<p>&nbsp;</p>
<h2>Referente a Seguridad Social (cotización y cuota)</h2>
<ul>
<li><strong>Cuota de autónomo en 2018.</strong> Aunque las bases mínimas y máximas de la cuota de autónomos permanezcan congeladas, se estima una subida de alrededor del 1,5-2% que supondrá un aumento de 4€ en la cuota de autónomo (pasará de 275€ a 279€).</li>
<li><strong>Cuota de autónomo societario.</strong> Esta cuota cambiará, a partir del 1 de enero, de los aproximadamente 344€ actuales a los 357€ al mes. La medida, pues, supone un encarecimiento mensual de 13€.</li>
<li><strong>Acceso a bonificaciones.</strong> Existe una reducción en el tiempo exigido sin cotización en autónomos para poder acceder a cualquier bonificación (así como la tarifa plana) del RETA: pasa de cinco a dos años (tres en el caso de que la última alta estuviera bonificada).</li>
<li><strong>Tarifa plana.</strong> Se amplía un año para todas las nuevas altas en 2018 que coticen por la mínima. Si te decides por una cotización superior se aplicará el 80% de bonificación.  Tras el inicio de actividad, los tramos se sitúan en 50% durante el primer semestre y el 30% durante el segundo semestre.</li>
<li><strong>Baja por maternidad.</strong> No será necesario pagar la cuota de autónomo para todas aquellas madres que cursen la baja. Tampoco será necesario, por el momento, contratar a algún trabajador sustituto para poder beneficiarse de la exención.</li>
<li><strong>Cambios en la base de cotización.</strong> Según lo que establece la nueva Ley de autónomos en trámites, se podrán realizar hasta cuatro cambios anuales en las bases de cotización.</li>
</ul>
<p>&nbsp;</p>
<h2>Referente a Hacienda (impuestos)</h2>
<ul>
<li><strong>Requisitos para estar en módulos.</strong> Tras la reforma fiscal de 2015 en que se endurecían los requisitos para estar en módulos, en 2018 permanecerá el límite de 250.000€ de ingresos y 125.000€ por facturación a empresas y profesionales.</li>
<li><strong>Presentación de modelos (el modelo 347).</strong> La declaración de este modelo continuará presentándose en febrero, pero se espera que para 2019 esta situación se modifique y se adelante su plazo de presentación a enero.</li>
<li><strong>Nuevas deducciones.</strong> Con la reforma aparecen también dos nuevas deducciones: relativas a dietas y relacionadas con suministros afectos a la actividad. Con respecto a las dietas, la deducción está sujeta a una serie de condiciones como que se efectúe fuera del municipio donde esté domiciliado el negocio, que haya pago telemático y que se conserve el comprobante. En cualquier caso, la cuantía diaria por comer fuera será de 26,67€ o 48,08€ si es en el extranjero. En relación a los suministros, podrán deducirse si trabajas desde casa y has vinculado tu lugar de residencia a tu actividad en el modelo 036.</li>
</ul>
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