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	<title>emprendedores Archivos - Blau gestors</title>
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		<title>5 consejos esenciales para emprendedores</title>
		<link>https://www.blaugestors.es/5-consejos-esenciales-emprendedores/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Kevin]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 20 Sep 2019 15:11:43 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Autónomos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La voluntad de perseguir nuestras metas no siempre nos lleva por el camino fácil y, en algunos casos, puede que incluso tengamos que replantearnos las cosas y tomar una decisión complicada: ¿emprender o no emprender? Si eres de los que quieren alcanzar su sueño con sus propias manos, seguramente esa pregunta ya habrá rondado tu mente. [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>La voluntad de perseguir nuestras metas no siempre nos lleva por el camino fácil y, en algunos casos, puede que incluso tengamos que replantearnos las cosas y tomar una decisión complicada: ¿emprender o no emprender?</p>
<p>Si eres de los que quieren alcanzar su sueño con sus propias manos, seguramente esa pregunta ya habrá rondado tu mente. Pero espera un poco antes de decidirte y deja que te echemos una mano, pues emprender no es una tarea sencilla. Siendo así, te dejamos 5 consejos que quizás te ayudarán a dar los primeros pasos en tu nuevo camino:</p>
<p>&nbsp;</p>
<h2>1.Analiza tu entorno y crea un plan de negocio</h2>
<p>Piensa bien en qué producto o qué servicio vas a ofrecer y sobre todo en qué características lo van a diferencias de tu competencia directa. Cuando lo tengas, dedícale las horas necesarias a la elaboración de un buen plan de negocio. Recuerda que este aspecto es muy necesario, pues realizarás un estudio de mercado, crearás la estrategia comercial que usarás en adelante, planificarás los recursos humanos y de producción de los que tendrás que disponer&#8230;</p>
<p>Contar o no con un plan de negocio marcará probablemente la diferencia entre el éxito o el fracaso de tu idea.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h2>2.Aprovecha la capitalización del paro y las bonificaciones</h2>
<p>Si te han despedido de tu anterior empleo y has decidido aprovechar la ocasión para emprender, puedes recibir en un único abono el importe íntegro de la prestación por desempleo que te correspondía. Para hacerlo deberás cumplir con una serie de requisitos (como la elaboración de un informe) y no estar ya dado de alta en el régimen de autónomos.</p>
<p>Además de la capitalización, también puedes aprovechar las bonificaciones y ayudas a los trabajadores por cuenta propia: Actualmente aún está vigente la tarifa plana de autónomo por la que tu cuota a pagar será de 60 euros a lo largo del primer año.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h2>3.Vigila a la hora de darte de alta en Hacienda y Seguridad Social</h2>
<p>Nunca te des de alta únicamente en la Agencia Tributaria y descuides el alta en Seguridad Social (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o RETA), pues eso supondrá la pérdida de tus posibles bonificaciones y el pago de las cuotas que te hayas saltado, además de una sanción.</p>
<p>Te recomendamos que cuando te des de alta en Hacienda (si tu negocio es pequeño hazlo utilizando el Modelo 037 ya que es más sencillo y simplificado que el 036) aproveches para hacerlo en el RETA al día siguiente.</p>
<p>Finalmente, vigila con cuidado también en el epígrafe en el que te estás dando de alta pues será este el que marque tu fiscalidad y tus obligaciones de tributación.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h2>4.Nunca dejes de formarte</h2>
<p>La formación es un factor clave y no se debe pensar en ella como en un gasto sin importancia, sino como una inversión que repercutirá en mayores beneficios para tu negocio a medio-largo plazo. Prepararte y adaptarte al mercado serán las dos acciones que conseguirán que puedas mantenerte siempre en lo más alto.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h2>5.Cuenta con los profesionales adecuados para asesorarte</h2>
<p>Emprender es complejo y difícil, sobre todo cuando hay tantísima información por medio. Contar con la ayuda de profesionales de confianza te servirá para aclarar posibles dudas y asegurarte que todos tus trámites son correctos y que tienes tus obligaciones tributarias al día. Tanto si decides optar por un servicio de <a href="http://dev.blaugestors.es/online/">asesoramiento online</a>, como si eres de los que prefiere la <a href="http://dev.blaugestors.es/autonomos/">gestoría presencial</a> de toda la vida: hay una solución para ti y para tu negocio.</p>
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		<title>Nueva ayuda para los emprendedores: la capitalización del desempleo</title>
		<link>https://www.blaugestors.es/nueva-ayuda-para-los-emprendedores-la-capitalizacion-del-desempleo/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Kevin]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 20 Feb 2017 16:10:30 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Autónomos]]></category>
		<category><![CDATA[Empresas]]></category>
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		<category><![CDATA[prestación de pago]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La capitalización o pago único de la prestación contributiva del paro es una ayuda que perciben todas aquellas personas en situación de desempleo que deseen iniciar un negocio ya sea como autónomos o a partir de una Sociedad Mercantil. La opción se presentó como la vía perfecta para poner en funcionamiento nuevos proyectos emprendedores y de [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>La <strong>capitalización</strong> o <strong>pago único de la prestación contributiva del paro</strong> es una ayuda que perciben todas aquellas personas en situación de <strong>desempleo</strong> que deseen iniciar un negocio ya sea como autónomos o a partir de una Sociedad Mercantil. La opción se presentó como la vía perfecta para poner en funcionamiento nuevos proyectos emprendedores y de auto-empleo ya que, mediante la misma, todos los solicitantes pueden recibir<strong> de forma anticipada</strong> la prestación de desempleo que les corresponde y les queda pendiente por cobrar.</p>
<p><strong>¿Cuáles son los requisitos a cumplir para capitalizar el pago?</strong></p>
<p>-Ser <strong>beneficiario</strong> de una prestación contributiva por desempleo y tener pendiente de recibir, a fecha de la solicitud, al menos <strong>tres mensualidades</strong>.</p>
<p>-No haber hecho uso de esta prestación, en cualquiera de sus <strong>modalidades</strong> (detalladas al final de este artículo) en los <strong>cuatro años anteriores</strong> a la fecha en que se quiera emitir la solicitud.</p>
<p>-Iniciar la actividad de negocio en un<strong> plazo máximo de un mes</strong> tras la resolución de la concesión del derecho y, en cualquier caso, con fecha posterior a la solicitud.</p>
<p>-Si se ha <strong>impugnado</strong> ante la<strong> jurisdicción social</strong> el cese de la relación laboral origen de la prestación por desempleo, la solicitud de pago único debe formalizarse una vez que se haya dado la <strong>resolución</strong> del procedimiento correspondiente.</p>
<p>-Aquellos que en los <strong>24 meses previos</strong> a la solicitud del pago único hayan compatibilizado el trabajo por cuenta propia con la prestación por paro de nivel contributivo<strong> no tendrán derecho a obtener la capitalización</strong>.</p>
<p><strong>¿Cuándo presentar la solicitud?</strong></p>
<p>La solicitud deberá presentarse con <strong>fecha anterior</strong> a la de incorporación en la cooperativa o sociedad laboral o bien, a la del<strong> inicio de la actividad</strong> como trabajador autónomo o como socio de la Entidad Mercantil. Se considerará que tal inicio coincide con la fecha que como tal figura en la solicitud de alta del trabajador en la <strong>Seguridad Social</strong>.</p>
<p><strong>Modalidades de capitalización</strong></p>
<p>-Total: Se recibirá por adelantado <strong>el 100% de la prestación</strong> pendiente de pago para los gastos de la puesta en marcha del negocio o de incorporación a la cooperativa o sociedad laboral o mercantil.</p>
<p>-Parcial: Se recibirá un <strong>porcentaje</strong> de la prestación pendiente de pago y el resto se destinará al <strong>abono mensual</strong> de las cuotas de la Seguridad Social que correspondan.</p>
<p>-Cuotas: Se destinará el importe de la prestación pendiente de pago, únicamente, a<strong> abonar las cuotas en la Seguridad Social</strong> que correspondan hasta finalizar la totalidad de la prestación.</p>
<p>&nbsp;</p>
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