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	<title>novedades renta Archivos - Blau gestors</title>
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	<description>Gestores especializados en administración de fincas, autónomos, transportes y tráfico.</description>
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	<title>novedades renta Archivos - Blau gestors</title>
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		<title>Principales novedades de 2018 para los autónomos y pymes</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Kevin]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 29 Dec 2017 16:45:50 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[<p>Las novedades más importantes de cara a cotización y tributación para autónomos y pymes en 2018. Fuente: LogicbusLa Ley de reformas urgentes del trabajo autónomo aprobada el pasado octubre conllevó una serie de cambios legislativos en relación a la cotización, derechos laborales, contratación, fiscalidad y otros muchos aspectos que entrarán en vigor a partir del [&#8230;]</p>
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<p>Las novedades más importantes de cara a cotización y tributación para autónomos y pymes en 2018. Fuente: LogicbusLa Ley de reformas urgentes del trabajo autónomo aprobada el pasado octubre conllevó una serie de cambios legislativos en relación a la cotización, derechos laborales, contratación, fiscalidad y otros muchos aspectos que entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2018.</p>
<p>Siendo así, pasamos a repasar las novedades más destacadas que derivan de dicha ley:</p>
<p>&nbsp;</p>
<h2>Referente a Seguridad Social (cotización y cuota)</h2>
<ul>
<li><strong>Cuota de autónomo en 2018.</strong> Aunque las bases mínimas y máximas de la cuota de autónomos permanezcan congeladas, se estima una subida de alrededor del 1,5-2% que supondrá un aumento de 4€ en la cuota de autónomo (pasará de 275€ a 279€).</li>
<li><strong>Cuota de autónomo societario.</strong> Esta cuota cambiará, a partir del 1 de enero, de los aproximadamente 344€ actuales a los 357€ al mes. La medida, pues, supone un encarecimiento mensual de 13€.</li>
<li><strong>Acceso a bonificaciones.</strong> Existe una reducción en el tiempo exigido sin cotización en autónomos para poder acceder a cualquier bonificación (así como la tarifa plana) del RETA: pasa de cinco a dos años (tres en el caso de que la última alta estuviera bonificada).</li>
<li><strong>Tarifa plana.</strong> Se amplía un año para todas las nuevas altas en 2018 que coticen por la mínima. Si te decides por una cotización superior se aplicará el 80% de bonificación.  Tras el inicio de actividad, los tramos se sitúan en 50% durante el primer semestre y el 30% durante el segundo semestre.</li>
<li><strong>Baja por maternidad.</strong> No será necesario pagar la cuota de autónomo para todas aquellas madres que cursen la baja. Tampoco será necesario, por el momento, contratar a algún trabajador sustituto para poder beneficiarse de la exención.</li>
<li><strong>Cambios en la base de cotización.</strong> Según lo que establece la nueva Ley de autónomos en trámites, se podrán realizar hasta cuatro cambios anuales en las bases de cotización.</li>
</ul>
<p>&nbsp;</p>
<h2>Referente a Hacienda (impuestos)</h2>
<ul>
<li><strong>Requisitos para estar en módulos.</strong> Tras la reforma fiscal de 2015 en que se endurecían los requisitos para estar en módulos, en 2018 permanecerá el límite de 250.000€ de ingresos y 125.000€ por facturación a empresas y profesionales.</li>
<li><strong>Presentación de modelos (el modelo 347).</strong> La declaración de este modelo continuará presentándose en febrero, pero se espera que para 2019 esta situación se modifique y se adelante su plazo de presentación a enero.</li>
<li><strong>Nuevas deducciones.</strong> Con la reforma aparecen también dos nuevas deducciones: relativas a dietas y relacionadas con suministros afectos a la actividad. Con respecto a las dietas, la deducción está sujeta a una serie de condiciones como que se efectúe fuera del municipio donde esté domiciliado el negocio, que haya pago telemático y que se conserve el comprobante. En cualquier caso, la cuantía diaria por comer fuera será de 26,67€ o 48,08€ si es en el extranjero. En relación a los suministros, podrán deducirse si trabajas desde casa y has vinculado tu lugar de residencia a tu actividad en el modelo 036.</li>
</ul>
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		<title>Declaración de la Renta 2016: tu calendario de referencia</title>
		<link>https://www.blaugestors.es/declaracion-la-renta-2016-calendario-referencia/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Kevin]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 10 Apr 2017 08:00:19 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Autónomos]]></category>
		<category><![CDATA[Empresas]]></category>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><img decoding="async" class="" src="http://ep01.epimg.net/economia/imagenes/2017/04/07/actualidad/1491572411_038656_1491572548_noticia_normal.jpg" width="980" height="654" /></p>
<p>Declaración de la Renta 2016. Fuente: EFELa campaña de la<strong> <a href="http://dev.blaugestors.es/renta/">Renta 2016</a></strong> empezó este miércoles 5 de abril. A partir de entonces ya se puede solicitar el borrador con el nuevo programa <a href="http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/Ayuda/_comp_Consultas_informaticas/Categorias/Presentacion_de_declaraciones/Renta/Renta_WEB/Renta_WEB.shtml">Renta Web</a> y su plazo de presentación se alarga hasta las 24h del 30 de junio de 2017, siendo el último día para presentar online las Declaraciones de Renta 2016 y de Patrimonio 2016.</p>
<p>Aquellos que deseen pedir cita previa en la Agencia Tributaria deberán esperar hasta el 4 de mayo. En esa fecha comienza el plazo para pedir online o por teléfono una cita que permita recibir una atención presencial a la hora de hacer la declaración y modificar el borrador (se prevé que las primeras citas empezarán a partir del día 11).</p>
<h6>Novedades de la campaña de Renta 2016</h6>
<p>El principal cambio que atañe a 2017 es que por primera vez en 29 años no se podrá contar con la asistencia del programa PADRE. La AEAT ha decidido apostar por el servicio Renta Web, operativo desde la campaña del 2015. Este nuevo servicio que aúna la sencillez del borrador y las múltiples opciones del programa PADRE, posibilitará que cualquier persona pueda acceder directamente al web y completar los datos de su Declaración de la Renta.</p>
<h6>¿Qué fechas clave hay en la Renta 2016?</h6>
<p>Hay varias fechas importantes en el Calendario de la Declaración de la Renta 2016 a tener en cuenta:</p>
<p>&#8211;<strong>5 de abril</strong>: Inicio de los servicios telemáticos de borrador y declaraciones de la Renta y Patrimonio 2016.</p>
<p>&#8211;<strong>4 de mayo</strong>: Inicio del servicio de Cita Previa por Internet  y por teléfono.</p>
<p>&#8211;<strong>11 de mayo</strong>: Inicio de la atención presencial (confección / modificación y presentación de borradores / declaraciones) a quienes hayan pedido Cita Previa.</p>
<p>&#8211;<strong>26 de junio</strong>: Último día para presentar declaraciones con domiciliación bancaria.</p>
<p>&#8211;<strong>29 de junio</strong>: Último día para pedir cita previa por Internet o vía telefónica.</p>
<p>&#8211;<strong>30 de junio</strong>: Último día para presentar la Declaración de la Renta (hasta las 24h).</p>
<p>&#8211;<strong>6 de noviembre</strong>: Último día para realizar el pago del segundo plazo de la cuota del Impuesto sobre la Renta 2016.</p>
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